Uba Aseguradora entró en liquidación y se demora el traspaso de los pagos a la ANSeS
Un grupo de jubilados y pensionados que habían obtenido sus prestaciones bajo el eliminado régimen de capitalización están sin cobrar sus ingresos mensuales desde junio pasado. La razón es que Oversafe, la compañía de seguros de retiro en la que habían contratado una renta vitalicia previsional (RVP), está en liquidación forzosa por insuficiencia de capitales para poder operar. Y a cinco meses de que se liquidaran por última vez los pagos, aún está pendiente de concreción el mecanismo previsto por ley para que el Estado se haga cargo de los haberes, a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y previa asistencia de la Superintendencia de Seguros, que debe transferir los datos referidos a los asegurados.
El 7 de este mes se publicó en el Boletín Oficial una resolución conjunta de ambos organismos que dispone cómo se harán los pagos, que podrían comenzar a efectivizarse en noviembre, según una circular de la Anses. Los afectados deberán percibir el monto correspondiente a los meses que llevan sin percibir ingresos. Según lo dispuesto, cobrarán en las fechas en que cobre el resto de los jubilados del organismo.
«Los problemas llegaron en agosto del año pasado, cuando la compañía empezó a pagar en diferentes fechas», dijeron a LA NACION damnificados que pidieron no ser identificados. En ese mes, la compañía había resuelto su liquidación voluntaria, pero tal decisión fue declarada «improcedente» por la Superintendencia de Seguros. Según los datos publicados en el último boletín de la Superintendencia de AFJP (la entidad que regulaba a las administradoras de fondos jubilatorios), la aseguradora tenía en los últimos meses de 2008 algo más de 1300 rentas en curso de pago. En casi todos los casos se trata de pensiones por invalidez o muerte y muy pocos eran jubilados.
Las RVP eran una modalidad de cobro por la que podían optar quienes se jubilaban u obtenían una pensión en el régimen de capitalización. La alternativa era quedarse en la AFJP y cobrar retiros mensuales del fondo que se había capitalizado.
Oversafe era una compañía de la estadounidense Hartford, pero en 2003 la operatoria fue adquirida por ejecutivos locales de la propia firma. En julio pasado, tras no presentar informes de sus estados contables ante la Superintendencia, se le revocó la autorización para operar y el trámite pasó ahora a la justicia comercial.
Para una situación así, la ley 24.241 (la misma que en su momento creó el régimen de las AFJP) prevé que el Estado se haga cargo de los pagos. Sin embargo, limita tal garantía a un monto mensual equivalente a cinco veces la Prestación Básica Universal (PBU), que es la parte de los haberes previsionales definida como un monto fijo. Esa limitación equivale hoy a $ 5851,15, por lo que si algún pensionado percibía un monto mayor, quedará afectado por el tope.
Ésa no será la única diferencia en el trato a estos pasivos respecto de los demás jubilados que están bajo la gestión de la Anses. La reforma previsional de fines de 2008, que eliminó el sistema de cuentas individuales, dejó un trato desigual para quienes ya estaban cobrando prestaciones derivadas de la capitalización, según qué modalidad habían elegido.
Así, los que cobraban directamente de las AFJP fueron transferidos a la Anses, y los que tenían rentas contratadas en una aseguradora siguieron con esa forma de cobro que, en los contratos en pesos, tiene una movilidad garantizada en función de una «tasa testigo» de rendimiento de inversiones.
En los últimos años, esa tasa estuvo por debajo de las subas de haberes otorgadas en el régimen de reparto, y también de la inflación. La norma que regula el traspaso de los asegurados de Oversafe aclara que se seguirá con ese tipo de actualización. Es un tema que afecta a todos los que cobran rentas en aseguradoras (las que, en algunos casos, disponen de todas formas aumentos superiores al garantizado).
El abogado previsionalista Adrián Tróccoli cuestionó esas actualizaciones, en razón de que «la movilidad debe garantizar que se mantenga inalterado el poder adquisitivo de los haberes», y recordó que hubo fallos judiciales que ordenaron un recálculo del ingreso de rentistas, para adecuar el monto a las prestaciones de reparto y para que se aplique la movilidad vigente en el régimen general.
Entre los rentistas, por otra parte, están quienes cobran la totalidad de su ingreso de parte de la aseguradora y quienes también tienen un componente a cargo de la Anses (esto depende de cómo se generó su derecho a la pensión). Para el primer grupo no existe la garantía del haber mínimo, actualmente de $ 2477.
Una duda que persistía ayer entre los perjudicados es si el próximo pago incluirá a todos o sólo a los que tenían un componente de fuente estatal.
Fuente: La Nacion
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