PARTICULARES: AUTÓNOMOS Y MORATORIAS

  • Nos anticipamos confeccionando los cálculos y tomamos en consideración el resultado administrativo y la posibilidad de recurrir a la vía judicial.

  • Analizamos cada caso, para determinar cuándo simultaneidad de aportes voluntarios beneficia al haber jubilatorio.

AUTÓNOMOS

Es común la creencia de que hacer aportes autónomos baja el haber jubilatorio de quienes trabajaron en relación de dependencia. Por el contrario, el principio general es que la jubilación mejora cuando hay mayor cantidad de aportes.

La única excepción a ese principio resulta de los casos en que existan salarios cercanos o superiores al máximo imponible dentro de los últimos 10 años de relación de dependencia, y que además esos aportes sean simultáneos al ingreso de cotizaciones como trabajador autónomo.

En nuestra experiencia diaria encontramos numerosos beneficiarios que renunciaron a la totalidad de sus aportes autónomos, aún cuando su incorporación hubiera mejorado el haber jubilatorio. Aquellos servicios descartados, pueden incorporarse realizando una reapertura.

Dos cuestiones entran en juego: el valor sustitutivo del haber jubilatorio respecto de las remuneraciones percibidas en la vida actva, y el enriquecimiento ilícito que operaría por parte del Estado, si no otorgase contraprestación alguna por los aportes percibidos. Según las circunstancias, la Corte ha ordenado la devolución de los aportes voluntarios e incluso el pago de un haber proporcional al esfuerzo contributivo realizado. Siendo así debe estudiarse en cada caso el beneficio que reportan los aportes voluntarios y si es conveniente requerir su devolución o bien la inconstitucionalidad del tope máximo.

Nuestros Servicios

Simplificando el método de cálculo, la jubilación se compone por una parte fija (PBU) y una variable (PC-PAP).La parte variable guarda relación con el tiempo aportado y el valor de los aportes.

Primero calculamos

  • El promedio actualizado de los últimos 10 años de remuneraciones percibidas en relación de dependencia.
    El promedio de las rentas de referencia de todos los meses cotizados como autónomo, tomando el valor actualizado de las categorías.
  • Ese promedio que representa el ingreso, se multiplica por un coeficiente que representa el tiempo trabajado.

El problema surge del tope del art. 25 de la Ley de fondo -y su reglamentación- que no permite computar valores mayores al tope cuando la suma de los salarios aportados y la categoría aportada superan el mismo para cada mes (dentro de los últimos 120 meses en relación de dependencia). La reglamentación establece entonces que debe ponderase los aportes de manera que la suma de los mismos sea igual al tope de acuerdo a una regla de 3 simple.

Para evitar este problema existen varias soluciones que deben implementarse antes de iniciar el trámite jubilatorio. En todos los casos deben realizarse varios cálculos tomando en consideración el resultado administrativo y la posibilidad de recurrir a la vía judicial, debiendo en algunos casos realizar dos presentaciones administrativas para maximizar el rendimiento de los aportes.

MORATORIAS

Evaluamos las condiciones para minimizar las obligaciones de pago y maximizar el beneficio otorgado por la regularización de la situación previsional. Calculamos anticipadamente el costo de la inclusión del contribuyente en los planes de facilidades vigentes, así como las inscripciones y bajas antes AFIP según corresponda.

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